G, Y. A. I. (EN REPRESENTACION DE V EM) c/ OSPM s/LEY DE DISCAPACIDAD
El apoderado de la OSPM apeló la sentencia que acogía parcialmente la acción en virtud de la Ley de Discapacidad. La Cámara Federal de Mar del Plata dejó sin efecto la sentencia de primera instancia y ordenó la presentación de documentación legible para un nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
G., Y. A. I. (en representación de V EM)
¿A quién se demanda?
OSPM
- Objeto de la demanda: Cobertura de prestaciones médicas en virtud de la Ley de Discapacidad.
- Decisión del tribunal: Se deja sin efecto la sentencia de primera instancia y se remiten los obrados al Juzgado de origen para que se presente documentación legible.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Pese a ello, considerando que al emitir su fallo el Juez de grado valora la documental obrante a fs. 2/30, fundando su sentencia con tales constancias... corresponde remitir las actuaciones al Juzgado de origen, con el objeto que el Magistrado actuante, previo requerimiento de que se acompañe en autos documental legible...". "Es que los Magistrados no podemos soslayar, en las causas que son sometidas a nuestra competencia y jurisdicción, la realización de la justicia, en su cabal sentido."
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