COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD GRAL BALCARCE LDA c/ EN -M ECONOMIA (EX. 121159905/247) s/RECURSO DIRECTO LEY 24.240 - ART 45
La Cooperativa de Electricidad General Balcarce interpuso recurso directo contra una sanción impuesta por la Subsecretaría de Defensa del Consumidor. La Cámara Contencioso Administrativo Federal declaró su incompetencia territorial y remitió el caso a la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata.
¿Quién es el actor?
Cooperativa de Electricidad General Balcarce
¿A quién se demanda?
E.N. – M. Economía
- Objeto de la demanda: Impugnación de la disposición 1002/25 que impuso una sanción por incluir cargos ajenos en la factura de energía eléctrica.
- Decisión del tribunal: Se declara la incompetencia territorial y se remiten las actuaciones a la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El art. 45 de la ley 24.240 establece que los actos administrativos que dispongan sanciones serán impugnables mediante recurso directo ante la Cámara Nacional de Apelaciones en las Relaciones de Consumo, o ante las Cámaras de Apelaciones con asiento en las provincias, según corresponda." "Las actuaciones fueron iniciadas de oficio con el objeto de fiscalizar el cumplimiento de la resolución 267/24 de la Secretaría de Industria y Comercio, que prohíbe la inclusión en las facturas de sumas o conceptos ajenos a los bienes o servicios contratados." "En estas condiciones, corresponde declarar la incompetencia del Tribunal en razón del territorio y remitir las actuaciones a la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata."
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