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C., L. Y. c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA MOLINERA s/AMPARO LEY 16.986

La parte demandada apeló la sentencia que ordenó a la Obra Social del Personal de la Industria Molinera cubrir el costo total de un medicamento. La Cámara Federal de La Plata confirmó la decisión de primera instancia, argumentando la necesidad médica del tratamiento.

Amparo Cobertura medica Medicamento Salud Obra social Ley 16.986 Ley 25.649 Honorarios Juez de camara Derecho a la salud


¿Quién es el actor?

L. Y. C.

¿A quién se demanda?

Obra Social del Personal de la Industria Molinera (OSPIM)
- Objeto de la demanda: Cobertura total de la medicación "Liraglutide 6mg/ml, Jeringa prellenada Saxenda".
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia que ordena la cobertura total del medicamento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La médica especialista en endocrinología, Dra. Natalia Ciamberlani, determinó cuál es la opción viable para salvaguardar la salud de la afiliada... la demandada no aportó a la causa ningún elemento que justifique un cambio en la específica medicación prescrita." "Interpretar lo contrario implicaría una aplicación regresiva del derecho a la salud y una restricción irrazonable del principio de dignidad humana." "La recurrente no ha aportado argumentos sólidos que contradigan la interpretación del juez de grado sobre la amplitud de la cobertura dado por la ley 26.396."

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