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CONSORCIO DEL BARRIO DON LUIS c/ ESTADO NACIONAL Y OTRO s/EXPROPIACION INVERSA

El Consorcio del Barrio Don Luis interpuso una acción de expropiación inversa contra el Estado Nacional y la AABE. La Cámara Federal de La Plata confirmó la sentencia de primera instancia, rechazando la falta de legitimación pasiva del Estado Nacional y manteniendo la condena a la AABE.

Expropiacion inversa Legitimacion pasiva Agencia de administracion de bienes del estado Estado nacional Derecho de defensa Utilidad publica Regimen de regularizacion dominial Politica publica Indemnizacion Juzgado federal


¿Quién es el actor?

Consorcio del Barrio Don Luis

¿A quién se demanda?

Estado Nacional y Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE)
- Objeto de la demanda: Expropiación inversa de un inmueble
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia, rechazando la falta de legitimación pasiva del Estado Nacional y manteniendo la condena a la AABE.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La expropiación inversa constituye el remedio constitucional y legal que asiste al propietario de un bien que ha sido declarado de utilidad pública por el Congreso." "Al ser la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) la entidad expresamente designada por el Congreso de la Nación para llevar adelante el procedimiento expropiatorio, es sobre ella que recae la obligación de responder ante la demanda inversa del damnificado." "La AABE es el organismo encargado de centralizar y coordinar las acciones de regularización e intervenir de forma directa en los procesos judiciales expropiatorios de los bienes del Estado Nacional."

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