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FERNANDEZ URSINI MARIA CELESTE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

María Celeste Fernández Ursini promovió una acción de inconstitucionalidad contra la ANSES por la aplicación del tope de acumulación de beneficios en su jubilación. El Juzgado Federal de la Seguridad Social 10 declaró la inconstitucionalidad del art. 79 de la ley 18.037, ordenando el pago del beneficio sin dicho tope.

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¿Quién es el actor?

María Celeste Fernández Ursini

¿A quién se demanda?

ANSES
- Objeto de la demanda: Inconstitucionalidad del art. 79 de la ley 18.037 y del art. 9 inc. 3 de la ley 24.463, solicitando el pago retroactivo por diferencias no percibidas.
- Decisión del tribunal: Se declara la inconstitucionalidad del art. 79 de la ley 18.037 y se ordena el pago del beneficio de jubilación sin aplicación del tope.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La Corte Suprema en el precedente 'Linares Quintana' declaró la inconstitucionalidad del art. 79 de la ley 18.037... la aplicación de dicha norma, implicaría privar de percibir íntegramente los beneficios de los cuales la ejecutante resulta titular." "Cabe reconocer entonces, que el marco normativo que originó el litigio no es el adecuado... debiendo resolverse la cuestión ponderando con amplitud el esfuerzo contributivo realizado por ella y por el causante." "En consecuencia, corresponde ordenar al organismo previsional que abone el beneficio de Jubilación sin aplicación del tope previsto en el art. 79 de la ley 18.037..."

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