FRENTE DE UNIDAD TRABAJADORA s/RECONOCIMIENTO DE PARTIDO DE DISTRITO
El 'Frente de Unidad Trabajadora' solicitó el reconocimiento de su personería jurídico-política como partido de distrito. El Juzgado Federal de Córdoba otorgó el reconocimiento provisorio, cumpliendo con los requisitos legales establecidos.
¿Quién es el actor?
Frente de Unidad Trabajadora
¿A quién se demanda?
Juzgado Federal de Córdoba
- Objeto de la demanda: Reconocimiento de personería jurídico-política como partido de distrito
- Decisión del tribunal: Se reconoce provisoriamente la personería jurídico-política
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la Declaración de Principios, Bases de Acción Política y la Carta Orgánica de la agrupación... dan conformidad a las exigencias de las normas legales vigentes que regulan la materia referida a la organización y funcionamiento de los partidos políticos." "Que se acredita también el requisito del número mínimo de adhesiones que establece el art. 7 inc. 'a' de la Ley 23.298... por lo que corresponde otorgar el reconocimiento provisorio de la agrupación de autos." "Que en virtud de lo expresado, lo dictaminado por el señor Procurador Fiscal... RESUELVO: 1º) Reconocer provisoriamente la personería jurídico-política a la agrupación denominada 'FRENTE DE UNIDAD TRABAJADORA'..."
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