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CANILLAS, MARIA JUANA c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986

La demandada ANSES apeló la sentencia que hizo lugar a un amparo promovido por María Juana Canillas. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que la vía del amparo era procedente y que no se aplicaba el tope de la Ley 24.463.

Amparo Jubilacion Anses Ley 24.463 Procedencia Inaplicabilidad Costas Derechos previsionales Control judicial Cuestion politica no justiciable


¿Quién es el actor?

María Juana Canillas

¿A quién se demanda?

ANSES
- Objeto de la demanda: Amparo por la inaplicabilidad del tope de la Ley 24.463 sobre su jubilación.
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El amparo resulta formalmente procedente... siempre que aparezca de un modo claro y manifiesto el daño grave e irreparable que se causaría remitiendo el examen de la cuestión a los procedimientos ordinarios." "El art. 9 de la ley 24.463 no resulta aplicable al haber de una persona que obtuvo su jubilación bajo el régimen especial de jubilaciones y pensiones previsto por la ley 24.016." "Las leyes son susceptibles de reproche con base constitucional cuando resultan irrazonables, o sea, cuando los medios que arbitran no se adecuan a los fines cuya realización procuran o cuando consagran una manifiesta iniquidad."

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