CANILLAS, MARIA JUANA c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986
La demandada ANSES apeló la sentencia que hizo lugar a un amparo promovido por María Juana Canillas. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que la vía del amparo era procedente y que no se aplicaba el tope de la Ley 24.463.
¿Quién es el actor?
María Juana Canillas
¿A quién se demanda?
ANSES
- Objeto de la demanda: Amparo por la inaplicabilidad del tope de la Ley 24.463 sobre su jubilación.
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El amparo resulta formalmente procedente... siempre que aparezca de un modo claro y manifiesto el daño grave e irreparable que se causaría remitiendo el examen de la cuestión a los procedimientos ordinarios." "El art. 9 de la ley 24.463 no resulta aplicable al haber de una persona que obtuvo su jubilación bajo el régimen especial de jubilaciones y pensiones previsto por la ley 24.016." "Las leyes son susceptibles de reproche con base constitucional cuando resultan irrazonables, o sea, cuando los medios que arbitran no se adecuan a los fines cuya realización procuran o cuando consagran una manifiesta iniquidad."
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