REQUERIDO: GEN - EJERCICIO 2018 s/INFRACCION LEY 26.215
El Ministerio Público Fiscal apeló la decisión del juez de primera instancia que no hizo lugar a la prescripción de la acción en un caso de infracción a la ley 26.215. La Cámara Nacional Electoral revocó la sentencia apelada y ordenó que se evalúe nuevamente la vigencia de la acción.
Actor: Ministerio Público Fiscal Demandado: Juez de Primera Instancia Objeto: Prescripción de la acción en un proceso electoral sancionador Decisión: Revocación de la sentencia apelada
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El plazo de prescripción debe computarse desde la sentencia firme que ha desaprobado la rendición de cuentas partidarias." "El momento en el que se consuma el tipo de infracción que se investiga es aquel en el cual acontece el evento subsumible en los verbos típicos del artículo 66 de la ley 26.215." "Corresponde devolver las actuaciones a la instancia anterior a fin de que se evalúe nuevamente la vigencia de la acción."
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