R, E A c/ OBRA SOCIAL DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/SUMARISIMO DE SALUD
El actor promovió acción de amparo para mantener su afiliación a la obra social tras su jubilación. El Juzgado Civil y Comercial Federal 11 hizo lugar a la demanda, ordenando la continuidad de la afiliación y prestaciones médico-asistenciales.
¿Quién es el actor?
R, E A
¿A quién se demanda?
Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación
- Objeto de la demanda: Mantenimiento de la afiliación a la obra social y prestaciones médico-asistenciales tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando a la demandada mantener la afiliación del actor y su cónyuge.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La decisión adoptada por la demandada no es ajustada a derecho, ya que conduce a la ruptura unilateral de aquella relación, pretendiendo imponer como obligatoria una afiliación que la propia ley previó con carácter facultativa para quienes ya poseían una obra social." "Si subsiste para el trabajador que obtiene el beneficio jubilatorio el derecho de permanecer en la obra social contractual, corresponde reconocerle también el derecho a mantener el mismo plan superador que se le brindaba en el marco de su relación con la obra social." "La admisibilidad de la demanda contra la empresa prestataria contractual se funda en definitiva en la vinculación del demandante con dicha obra social como afiliado mientras se encontraba en actividad."
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