C., A. E. c/ OSECAC s/AMPARO DE SALUD
El actor promovió acción de amparo contra OSECAC para que se le restituya su afiliación y cobertura médica tras su jubilación. El Juzgado Civil y Comercial Federal 8 hizo lugar a la demanda, reconociendo el derecho del actor a mantener su afiliación a la obra social.
¿Quién es el actor?
A. E. C.
¿A quién se demanda?
Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC)
- Objeto de la demanda: Restitución de la afiliación y cobertura médica tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando a OSECAC mantener la afiliación del actor y garantizar la cobertura médica.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La mera circunstancia de jubilarse, no implica automáticamente la transferencia del beneficiario al I.N.S.S.J.P., sino que subsiste para el ex trabajador el derecho de permanecer en la obra social que le prestaba servicios hasta entonces." "La decisión adoptada por la demandada encuadra en la calificación de 'ilegalidad o arbitrariedad manifiesta' que requiere el art. 1 de la ley 16.986." "Concluyo que la aplicación de estas normas conculca el derecho a la salud y los derechos adquiridos del peticionario amparados por la Constitución Nacional."
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