BELLAGAMBA LEONARDO ARIEL C/ RAMOS ROSA HILDA S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)
Cobro de sumas de dinero por servicios de transporte no pagados. El Tribunal condenó a la demandada al pago de $2.660.000 por 28 viajes realizados, actualizando la deuda según C.E.R. e intereses desde el vencimiento de la factura.
Quién demanda: Leonardo Ariel Bellagamba, comerciante dedicado al servicio de traslado de pasajeros.
¿A quién se demanda?
Rosa Hilda Ramos, DNI 5.387.579.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de suma de dinero por la prestación de servicios de transporte. Específicamente, 28 viajes desde Saladillo a Junín realizados entre agosto y octubre de 2024 para trasladar a la demandada a realizarse un tratamiento médico. Valor total: $2.660.000 (95.000 pesos por viaje). Se presupuestó en fecha 21/08/2024, se realizaron entre 12/08/2024 y 27/09/2024, y se facturó mediante Factura N° 0003-00000195 de fecha 27/09/2024.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la demanda sumaria y condenó a Rosa Hilda Ramos al pago íntegro de $2.660.000 más actualización según C.E.R. e intereses. Fundamentos principales de la decisión: "Que la declaración de rebeldía operada contra la parte demandada mediante el auto de fecha 18.9.2025 resulta un antecedente que gravita de modo desfavorable contra ella, porque revela un grado de desidia y desinterés que lleva a presumir que la verdad está de parte del actor, pues esa actitud constituye una omisión incompatible con la trascendencia procesal que reviste el escrito de responde..." "Conforme lo expuesto, habré de tener por cierta la documentación acompañada con el escrito constitutivo, es decir: Factura N° 0003-00000195 de ARCA emitida por Leonardo Ariel Bellagamba, fecha de emisión 27/09/2024 por la suma de $2.660.000,00 contra Ramos Rosa Hilda; y por recibida la carta documento HD000445628AR de fecha 10.04.2025." "En ese camino de marcha, teniendo por auténtica la documentación supra referenciada, y no existiendo prueba alguna que desvirtúe la veracidad de la documentación presentada por la actora, es que habré de hacer lugar a la demanda entablada por el cobro de la suma total de Pesos dos millones seiscientos sesenta mil ($ 2.660.000; arts.765, 766, 1145 y cc CCC; 59, 330 inc. 4, 354 inc. 1, 384 CPCC)." El Tribunal aplicó actualización por C.E.R. más intereses al 6% anual desde 27/09/2024 hasta la sentencia, y desde allí hasta el pago a la tasa pasiva más alta del Banco de la Provincia de Buenos Aires. Impuso costas a la demandada vencida en virtud del principio de la derrota.
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