CEJAS, JUAN DANIEL c/ CLADERA, EDUARDO PEDRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Civil confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda, considerando que la conducta imprudente del actor fue la causa exclusiva del accidente.
Cobro de $2.061.000 en concepto de daños y perjuicios por un accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
La Cámara Civil rechazó el recurso de apelación interpuesto por el actor y confirmó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda.
Fundamentos principales:
- El juez de primera instancia realizó una correcta valoración de la prueba, concluyendo que la conducta imprudente del actor al cruzar la calle corriendo fuera de la senda peatonal y sin prestar atención al tráfico, constituyó la causa exclusiva del accidente.
- Si bien los conductores deben observar un mayor cuidado cerca de hospitales, no hay una norma que extienda esa obligación más allá de los 10 metros establecidos en el Código de Tránsito.
- La pericia mecánica confirmó que el impacto se produjo en el lateral del vehículo, consistente con la versión del demandado de que el peatón se arrojó sobre el automóvil.
- No hay elementos que sugieran algún grado de responsabilidad del demandado que permitan aplicar la teoría de la concurrencia de culpas.
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