RUIZ NORMA ANDREA S/ QUIEBRA(PEQUEÑA)
Se declaró la quiebra de la profesional RUIZ NORMA ANDREA con la designación de síndico y la fijación de plazos para verificación de créditos e informes. El tribunal ordenó la inhibición general de bienes, embargo de haberes y la interdicción de salida del país conforme a la Ley 24522.
Quién demanda: RUIZ NORMA ANDREA en carácter de peticionante de su propia quiebra.
¿A quién se demanda?
RUIZ NORMA ANDREA (como fallida).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de quiebra (pequeña) por insolvencia.
¿Qué se resolvió?
El tribunal hizo lugar a la solicitud de quiebra, declarando la insolvencia de RUIZ NORMA ANDREA y disponiendo todas las medidas consecuentes inherentes al proceso concursal. Fundamentos principales de la decisión: El tribunal sostuvo: "Por presentado en el carácter invocado, parte y con el domicilio legal constituído, tiénese al peticionante. (art. 40 del CPCC). Atento lo manifestado por el peticionante, relación de los hechos, documentación acompañada; si bien no se encuentran cumplimentados integramente los requisitos exigidos por el art. 86 de la ley 24522, resultando que la omisión de los mismos no impide hacer lugar a la solicitud de la propia quiebra (art.86, primer párrafo, LCQ), en virtud de lo dispuesto por los arts. 1, 2, 3, 77 inc.3, 78, 79, 82, 86, 288, 289 de ley 24522". Se procedió a la designación de síndico mediante sorteo para el día 23 de junio de 2026, fijándose plazos para verificación de créditos (16 de septiembre de 2026), presentación del Informe Individual (17 de noviembre de 2026) e Informe General (04 de febrero de 2027). Se decretó la inhibición general de bienes, se intima al fallido para entrega de bienes y documentación, se prohíben pagos, se ordena retención de correspondencia, se dispone interdicción de salida del país conforme al art. 103 de LCQ, y se ordena embargo del 10% de los haberes que percibe la fallida en la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires por el plazo de 12 meses.
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