BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ TOVANI RAMON S/ EJECUTIVO
El Banco de la Provincia de Buenos Aires promovió un juicio ejecutivo contra Tovani Ramón. El Tribunal decretó la caducidad de instancia por inactividad procesal de más de tres meses, impuso costas al actor y diferió la regulación de honorarios.
Quién demanda: Banco de la Provincia de Buenos Aires
¿A quién se demanda?
Tovani Ramón
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se trata de un juicio ejecutivo en el cual el actor no contestó el traslado corrido con fecha 14/04/2026 en los términos del art. 315 del CPCC (reformado por ley 13986).
¿Qué se resolvió?
El Tribunal decretó la caducidad de la instancia, impuso las costas al actor y diferió la regulación de honorarios para una vez firme el decisorio. Fundamentos principales de la decisión: "Es menester recordar que la caducidad de instancia es un instituto procesal de orden público, cuyo fundamento objetivo es la inactividad por un tiempo determinado de los litigantes, quienes ante el desinterés demostrado tienen su sanción. Ello estriba en la necesidad de evitar la duración indefinida de los procesos judiciales atentatoria a los valores jurídicos de paz y seguridad a cuya vigencia apunta su recepción normativa." "Teniendo en cuenta ello y la fecha de la última actuación que tuvo por efecto impulsar el presente proceso (27/02/2020), no cabe duda que desde la misma hasta la actualidad, ha transcurrido el plazo de tres meses previsto por el art. 310 inc. 3° del C.P.C.C.." "La ley 13.986 incorporó el supuesto de caducidad por reincidencia en la omisión de impulsar la instancia. Si quien fue requerido a pronunciarse sobre el interés en el proceso y a materializar un acto de impulso luego lo abandonare por idéntico período podrá sufrir una caducidad en su contra a pedido de parte o decidida de oficio por el Juez."
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