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OJEDA, JOSE MARIA c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a la ANSeS por el reajuste de su haber previsional y la inconstitucionalidad de normas que limitan su actualización. El Juzgado Federal de Córdoba hizo lugar a la demanda, ordenando el reajuste y la no retención de impuestos sobre las diferencias retroactivas.

Reajuste Movilidad Previsional Inconstitucionalidad Anses Impuesto a las ganancias Cosa juzgada Derechos adquiridos Ley 27.426 Ley 24.463


¿Quién es el actor?

José María Ojeda

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS)
- Objeto de la demanda: Reajuste de la movilidad de su haber previsional y declaración de inconstitucionalidad de normas que suspenden o limitan su actualización.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la demanda, ordenando el reajuste del haber previsional y la no retención de impuestos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La C.S.J.N. dejó establecido que la misma no puede ser dejada de lado, pues del reconocimiento de la cosa juzgada depende el debido proceso y el respeto a otras garantías constitucionales." "La movilidad correspondiente a marzo de 2018 debe calcularse conforme la ley 27.426, quedando descartada la aplicación de la ley 26.417 para dicho período." "Corresponde ordenar al Director de Anses que reajuste el haber del actor de conformidad con lo dispuesto en el considerando respectivo, abonando las diferencias retroactivas devengadas con más los intereses respectivos."

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