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JAIMES, EMA GEORGINA c/ LA CABAÑA SA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora reclamó indemnización por daños derivados de un accidente de tránsito al descender de un colectivo. La Cámara modificó parcialmente la sentencia, elevando la indemnización por incapacidad física y reduciendo los montos de daño moral y tratamiento kinesiológico.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Dano moral Intereses Incapacidad fisica Caida de colectivo Tratamiento kinesiologico Art 730 cccn

Indemnización por daños derivados de accidente de tránsito al descender de colectivo

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar parcialmente a la demanda. Se eleva la indemnización por incapacidad física a $1.600.000 y se reducen los montos de daño moral a $600.000 y tratamiento kinesiológico a $21.000. Se fijan intereses a la tasa activa del Banco Nación desde el hecho. Se dispone que la aplicación del art. 730 CCCN podrá efectuarse en ejecución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Se acreditó que la actora sufrió fractura de rótula izquierda al caer del colectivo de la demandada cuando descendía.
- La testigo presenció el accidente y sus dichos fueron corroborados por otras pruebas.
- Se valoró el informe pericial que determinó una incapacidad física del 4% y la necesidad de tratamiento kinesiológico.
- El monto por incapacidad física se elevó considerando la edad de la actora y sus condiciones personales.
- Los montos de daño moral y tratamiento kinesiológico se redujeron a valores más proporcionales.
- Los intereses se fijaron a la tasa activa del Banco Nación desde el hecho, de acuerdo a la doctrina plenaria.
- La aplicación del art. 730 CCCN podrá plantearse en ejecución.

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