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CAIARO, HECTOR FERNANDO c/ CONS DE PROP ARAOZ 2742 AL 60 s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor promovió demanda por diferencias en el porcentaje de expensas pagadas por su cochera. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y dispuso que el consorcio demandado debe reintegrar al actor las sumas cobradas en exceso hasta que se liquiden las expensas conforme al porcentual correspondiente.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Héctor Fernando Caiaro, demandó al Consorcio de Propietarios Araoz 2742 al 60 reclamando la devolución de las sumas que habría abonado de más en concepto de expensas comunes de su unidad funcional (cochera) en virtud de que se le habría aplicado un porcentaje mayor al que corresponde según el reglamento de copropiedad. La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Concluyó que, de acuerdo al reglamento de copropiedad y la escritura de dominio, la unidad funcional del actor posee un porcentual del 0,25% sobre el total del edificio, no pudiendo ser modificado unilateralmente por el consorcio a través de planos de mensura posteriores no inscriptos. Por ello, ordenó que el consorcio demandado reintegre al actor las sumas abonadas en exceso a dicho porcentual, no limitando la condena a un período determinado sino hasta tanto se liquiden correctamente las expensas.

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