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E, C M c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD

La Sra. E. promovió acción de amparo contra OSDE para mantener su afiliación en el mismo plan tras su jubilación. El tribunal hizo lugar a la acción, ordenando a OSDE mantener la afiliación de la actora y su grupo familiar.

Amparo Salud Jubilacion Osde Afiliacion Derechos adquiridos Constitucion nacional Ley de amparo Grupo familiar Medida cautelar

Actor: E., C. M. Demandado: OSDE Objeto: Mantener la afiliación al plan de salud tras la jubilación. Decisión: Se hace lugar a la acción de amparo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La mera circunstancia de jubilarse no implica, automáticamente, la transferencia del beneficiario al I.N.S.J.P., sino que subsiste para el ex trabajador el derecho de permanecer en la obra social que le prestaba servicios hasta entonces." "Los decretos 292/95 y 492/95 tienen por objeto ampliar las posibilidades de los jubilados y pensionados para que libremente elijan al Agente del Seguro de Salud que les brindará la prestación; empero, limitan su operatividad a los Agentes que se inscriban en el registro correspondiente." "La decisión adoptada por la demandada no es ajustada a derecho, ya que conduce a la ruptura unilateral de aquella relación, pretendiendo imponer como obligatoria una afiliación que la propia ley previó con carácter facultativo."

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