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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ESCOBAR IRMA YSABEL S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió proceso de apremio contra Irma Ysabel Escobar por cobro de deuda fiscal. El Tribunal ordenó continuar la ejecución hasta tanto la demandada satisfaga el capital reclamado de $2.065.182,20 más intereses conforme la ley fiscal. ---

Apremio provincial Deuda fiscal Ejecucion de sentencia Falta de excepciones Intimacion de pago Embargo Codigo fiscal Intereses fiscales Proceso de cobro Costas procesales

Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires

¿A quién se demanda?

Irma Ysabel Escobar

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de deuda fiscal por capital de $2.065.182,20 mediante proceso de apremio provincial.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hizo lugar al apremio y mandó llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada haga íntegro pago de la suma reclamada más los intereses correspondientes conforme al artículo 104 del Código Fiscal. Fundamentos principales de la decisión: "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 7, 10, 25 y concs. de la ley 13.406; 116 y 155 del CPCC)." "Se deja constancia asimismo que la parte ejecutada en el presente proceso de apremio fue intimada de pago en el domicilio oportunamente denunciado, según consta en el respectivo mandamiento de intimación de pago y embargo agregado en autos." "Por ello, conforme a lo peticionado y en virtud de lo prescripto por los artículos 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406 y los artículos 540, 549, ss. y concs. del C.P.C.C.; Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte demandada, IRMA YSABEL ESCOBAR; haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado en PESOS DOS MILLONES SESENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y DOS CON 20/100, ($ 2.065.182,20)." El Tribunal determinó que la demandada fue debidamente notificada mediante mandamiento de intimación de pago y embargo, no opuso excepciones legítimas dentro del plazo legal, por lo que procedía condenarla al pago de la deuda fiscal con sus intereses. Las costas fueron impuestas a la vencida conforme a la ley procesal. ---

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