NICOLINI, ANGELES OFELIA s/SUCESION TESTAMENTARIA
El actor promovió reclamo por el pago de honorarios regulados por su actuación como administrador de la sucesión declarada vacante. La Cámara Civil confirmó la intimación al pago de los honorarios, con algunas precisiones sobre los fondos a utilizar.
- Actor: Dr. Jorge Alberto Kohn
- Demandado: Procuración General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA), en su carácter de curadora de los bienes que integran la sucesión vacante del legatario García.
- Objeto: Cobro de honorarios regulados al Dr. Kohn por su actuación como apoderado del legatario García y como administrador de la sucesión.
- Decisión: La Cámara Civil confirmó la intimación al pago de los honorarios en el plazo de 10 días, pero aclaró que los fondos de la cuenta "Gastos Herencias Vacantes" del GCBA no pueden ser utilizados para ese fin, debiendo el pago efectuarse con los bienes de la sucesión.
- Fundamentos:
- El GCBA, en su carácter de curador, tiene la obligación de pagar las deudas y legados con fondos de la propia sucesión, sin poder afectar su patrimonio particular.
- No existe previsión legal expresa que permita imputar el pago de honorarios judiciales a la cuenta "Gastos Herencias Vacantes".
- En ausencia de dinero o bienes líquidos en la sucesión, el Dr. Kohn deberá ejecutar su crédito sobre los bienes del causante.
- Las costas se imponen en el orden causado, dado el carácter particular de la cuestión.
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