FRAMILARI STELLA MARIS C/ PERALTA ARTURO JOSE Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El tribunal declaró la caducidad de instancia en demanda por daños y perjuicios derivados de lesiones o muerte en accidente automovilístico. La sentencia hizo efectivo el apercibimiento ante el silencio de la actora frente a la intimación cursada, conforme a las disposiciones del Código Procesal.
Quién demanda: Framilari Stella Maris
¿A quién se demanda?
Peralta Arturo José y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios derivados de accidente automovilístico con lesiones o muerte (con exclusión del Estado)
¿Qué se resolvió?
Se decretó la caducidad de instancia con costas a la actora Fundamentos principales de la decisión: "Atento el silencio guardado por la actora a la intimación cursada en autos en fecha 12/05/26, notificada ministerio legis, atento tener la parte el domicilio constituido en los estrados del juzgado, conforme a la resolución de fecha 07/05/25, hácese efectivo el apercibimiento establecido y en consecuencia, decrétase caduca la instancia (art. 310 inc. 3°, 315 y cc. del Cód. Procesal), con costas a la actora (art. 68 del Cód. Procesal)." El tribunal fundó su decisión en el incumplimiento de la actora de responder a la intimación cursada el 12/05/26, pese a estar debidamente notificada a través del correo de ley en el domicilio constituido en los estrados del juzgado conforme a resolución de 07/05/25. La aplicación de la caducidad de instancia se basó en las disposiciones del Código Procesal Provincial, artículos 310 inciso 3°, 315 y concordantes.
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