Incidente Nº 3 - IMPUTADO: SOCIEDAD COOPERATIVA, POPULAR LIMITADA s/Audiencia de sustanciación de impugnación (Art. 362)
La Dra. Verónica Escribano fue recusada por falta de objetividad en su actuación como Fiscal en dos causas penales. La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó la recusación y declaró nulas las actuaciones realizadas por la fiscal.
Actor: Dra. Verónica Escribano, Fiscal General. Demandado: Sociedad Cooperativa Popular Limitada (SCPL). Objeto: Recusación de la fiscal por falta de objetividad. Decisión: Se confirma la recusación y se declaran nulas las actuaciones de la fiscal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El deber de objetividad en el accionar Fiscal no solo lleva a la necesidad de reunir pruebas que hagan a la culpabilidad del investigado sino también a todas las que jueguen en favor de su inocencia." "La negativa legalmente injustificada a la exhibición del legajo, en tanto como ya ha sido señalado, el Ministerio Público no dispuso la reserva del legajo para garantizar el éxito de la investigación, ni solicitó autorización judicial para que en los términos del art 253 cuarto párrafo del CPPF pudiera continuarla sin comunicación al afectado." "La sospecha de falta de objetividad no significa un atributo personal o individual del fiscal, sino un atributo del procedimiento."
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