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BORZONE, LILIANA ALICIA c/ CLINICA BOEDO S.R.L. HOSPITAL PRIVADO NUESTRA SEÑORA DE LA MERCED S.A. UTE Y OTRO s/DESPIDO

Liliana Alicia Borzone demandó a Clínica Boedo S.R.L. y otras por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, confirmando la procedencia de indemnizaciones y ajustando la base de cálculo.

Despido Indemnizacion Presuncion laboral Art. 23 l.c.t. Art. 55 l.c.t. Honorarios Carga probatoria Relacion laboral Modificacion de sentencia Recursos laborales


¿Quién es el actor?

Liliana Alicia Borzone
- Demandados: Clínica Boedo S.R.L., Hospital Privado Nuestra Señora de la Merced S.A. UTE, UOYEP
- Objeto de la demanda: Indemnización por despido
- Decisión del tribunal: Se confirma la procedencia de indemnizaciones y se modifica la base de cálculo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La presunción contenida en el art. 23 de la L.C.T. hace que, reconocida la prestación de servicios, las demandadas deban probar la falta de carácter dependiente." "La relación laboral no se encontraba debidamente registrada, por lo que se tuvo por cierta la remuneración con fundamento en el art. 55 de la L.C.T." "Se desestima el agravio sobre la notificación a la AFIP, ya que la intimación fue realizada antes de la extinción del vínculo laboral."

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