Incidente Nº 28 - AGRUPACION POLITICA: PRIMERO LA GENTE NRO. 201 - DISTRITO CORDOBA s/CONTROL PATRIMONIAL
El partido Primero la Gente fue intimado a presentar el informe final de campaña correspondiente a las elecciones generales del 26 de octubre de 2025. El Juzgado Federal de Córdoba resolvió aplicar la suspensión cautelar de los aportes públicos hasta que se presente dicho informe.
¿Quién es el actor?
Juzgado Federal de Córdoba
¿A quién se demanda?
Partido Primero la Gente
- Objeto de la demanda: Presentación del informe final de campaña electoral.
- Decisión del tribunal: Se ordena la suspensión cautelar de los aportes públicos y se intima al partido a presentar el informe en 15 días.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El artículo 38 de la Constitución Nacional impone expresamente a los partidos políticos la obligación de rendir cuentas a la Nación..."; "El artículo 58 de la Ley N° 26.215 ordena que transcurridos noventa días de finalizada la elección..."; "En función de lo expuesto... es procedente ordenar la suspensión cautelar de todo aporte público...".
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