P.,E. c/ OBRA SOCIAL DE VIAJANTES VENDEDORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (OSVVRA) s/LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
La demandada apeló la sentencia que ordenó la cobertura de un sistema de monitoreo de glucosa y el pago de daños. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la decisión, argumentando que el reclamo de daño material fue debidamente fundamentado y probado.
¿Quién es el actor?
Estela P.
¿A quién se demanda?
Obra Social de Viajantes Vendedores de la República Argentina (OSVVRA)
- Objeto de la demanda: Cobertura de un sistema de monitoreo de glucosa y resarcimiento por daño material.
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia que ordenó la cobertura y el pago de $910.000 por daño material.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- "Resulta inadmisible el planteo de improcedencia del reclamo del rubro 'daño material' dentro de un proceso de amparo."
- "La suma de $910.000, no luce excesiva ni desproporcionada a la luz de la prueba acompañada y de los hechos detallados."
- "En materia de atención médica, el aspecto probatorio debe ser valorado con criterio amplio, sin que sea necesaria la prueba acabada de todos los gastos realizados."
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