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M, G c/ OMINT S.A. DE SERVICIOS s/LEY DE MEDICINA PREPAGA

La Sra. G.M. promovió acción de amparo contra OMINT S.A. por aumentos de cuota en razón de su edad. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia, ordenando a la demandada cumplir con lo dispuesto por la Superintendencia de Servicios de Salud.

Amparo Medicina prepaga Aumento de cuota Discriminacion por edad Superintendencia de servicios de salud Restitucion Honorarios Costas Derecho a la salud Ley 26.682


¿Quién es el actor?

G.M.

¿A quién se demanda?

OMINT S.A. de Servicios
- Objeto de la demanda: Cese de aumentos de cuota por edad y restitución de sumas cobradas en exceso.
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia que ordena a OMINT a cumplir con la normativa de la Superintendencia de Servicios de Salud.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El derecho fundamental a la salud... debe ser garantizado por la autoridad pública con acciones positivas..." "La diferenciación de la cuota por grupo etario solo podrá darse al momento del ingreso del usuario al sistema..." "Los incrementos dispuestos por la empresa son anteriores a la entrada en vigor del Decreto N° 66/2019..."

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