DEL CORE, JULIAN c/ NAVEYRA, JOSE LUIS Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones revocó la decisión de primera instancia y ordenó la producción anticipada de la prueba ofrecida.
Daños y perjuicios por accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la denegación de la prueba anticipada solicitada por el actor, y ordenó que se produzca la prueba testifical ofrecida mediante acta notarial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Las medidas de producción anticipada de prueba proceden cuando existe el riesgo de que la misma se pierda o desaparezca antes de la etapa probatoria.
- En este caso, el actor alegó que los testigos ofrecidos eran "amigos" en redes sociales, circunstancia que podría modificarse o eliminarse, por lo que correspondía admitir la prueba anticipada.
- Si bien la idoneidad de los testigos debe analizarse en la oportunidad procesal correspondiente, el interesado puede valerse de cualquier medio probatorio para acreditarla.
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