S., V. M. c/ CENTRALAB SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora, paciente oncológica, promovió demanda contra el laboratorio y el proveedor de reactivos por errores en los resultados de estudios realizados. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y redujo los montos indemnizatorios por incapacidad psicológica, tratamiento futuro y daño moral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, V.M.S., es una paciente oncológica que debía realizarse estudios CA 15-3 cada seis meses para monitorear su enfermedad.
- El 16/8/2022 se realizó el estudio en el laboratorio Centralab, que informó un resultado normal. Ante la sorpresa, consultó a su médico, quien le indicó repetir el estudio, que en el CEMIC dio un resultado anormal el 18/8/2022.
- Centralab reconoció el error y atribuyó el mismo a que el proveedor de los reactivos, Beckman Coulter Argentina, no les informó el cambio en los valores de referencia.
- La sentencia de grado condenó solidariamente a Centralab, Beckman y la aseguradora.
- La Cámara confirmó la responsabilidad solidaria de las empresas con base en la Ley de Defensa del Consumidor, pero redujo los montos por incapacidad psicológica (de $3.000.000 a $500.000), tratamiento futuro (de $336.000 a $150.000) y daño moral (de $3.000.000 a $1.000.000).
- Asimismo, declaró abstracto el planteo sobre el límite de cobertura y dispuso que la franquicia del seguro es oponible a la actora.
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