GONZALEZ, CELIA EDITH c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986
El apelante, ANSES, cuestionó la inaplicabilidad de los topes legales en el cálculo de haberes jubilatorios. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, sosteniendo que los topes no son aplicables a los beneficios bajo el régimen especial docente.
¿Quién es el actor?
ANSES
¿A quién se demanda?
Celia Edith González
- Objeto de la demanda: Inaplicabilidad de topes legales en haberes jubilatorios
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La constitucionalidad del tope máximo está condicionada a que la reducción no supere un umbral que configure una confiscación indebida, preservando la dignidad y sustancia del derecho adquirido." "La CSJN ha resuelto que el art. 9 de la Ley 24.463 no resulta aplicable al haber de una persona que obtuvo su beneficio bajo el régimen especial docente." "Por todo ello, corresponde declarar la inaplicabilidad del tope previsto en el art. 9 de la Ley 24.463 respecto de beneficios otorgados bajo este régimen especial."
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