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M., D. E. Y OTRO c/ ORGANIZACION DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS-OSDE s/COBRO DE PESOS/SUMAS DE DINERO

Los actores reclamaron el reintegro de gastos por internación a OSDE. La Cámara Federal de La Plata modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, estableciendo que los intereses se computen desde la fecha de pago de la factura.

Recurso de apelacion Reintegro Osde Intereses Cobertura de salud Medida cautelar Accion de amparo Tasa de interes Sentencia firme Salud mental

Actor: D. E. M. y N. S. G. P. Demandado: Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE) Objeto: Reintegro de $95.700 por gastos de internación. Decisión: Se modifica la sentencia de primera instancia, estableciendo que los intereses se computen desde el 9 de septiembre de 2017.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El pago realizado con fecha 9 de septiembre de 2017 en concepto de internación... fue efectuado en base a una medida cautelar dictada por el a quo el 25 de agosto de 2017." "Las sumas reconocidas deben devengar sus intereses desde la fecha en que efectivamente fueron abonadas -9 de septiembre de 2017-... no fue incausada ni se debió a la exclusiva voluntad discrecional de la actora." "No obstante, el diferendo se suscita a partir de la consideración de que los intereses a aplicar deben ser tomados desde el reconocimiento del derecho..."

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