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R., A. A. y otro c/ OSDE s/ amparo

La apelante solicitó dejar sin efecto la intimación al pago del depósito previsto por el Código Procesal Civil y Comercial. El tribunal resolvió revocar dicha intimación, considerando que los Defensores de Menores e Incapaces no deben realizar el depósito.

Recurso de hecho Deposito judicial Defensores de menores Exencion de tasas Interpretacion armonica Costas Ministerio publico Derechos de defensa.


¿Quién es el actor?

A. A. R.

¿A quién se demanda?

Tribunal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revocación de intimación al pago de depósito judicial

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal argumentó que, aunque la ley de tasas judiciales no exime explícitamente a los Defensores de Menores e Incapaces, la interpretación armónica de las normas aplicables indica que no deben ser intimados a realizar el depósito. Se citó el artículo 14 de la ley orgánica del Ministerio Público, que establece que sus miembros no pueden ser condenados en costas en causas donde intervengan como tales.

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