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GODOY, BETIANA TAMARA c/ EMPRESARIOS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS S.A. LINEA 24 Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora promovió demanda por daños derivados de un accidente en un colectivo de la línea 24. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo de la demanda por falta de prueba de que los daños se produjeron durante el transporte.

Danos y perjuicios Carga de la prueba Accidente de transporte Responsabilidad objetiva del transportista In dubio pro consumidor

Daños derivados de un accidente ocurrido mientras la actora descendía de un colectivo de la línea 24

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la demanda por falta de prueba de que los daños se produjeron durante el transporte. La Cámara confirmó el criterio de la jueza de primera instancia, quien consideró que la versión de los hechos de la actora era una expresión unilateral no corroborada por pruebas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La carga de acreditar que el daño se produjo durante el transporte recae en el pasajero, de conformidad con el art. 377 del CPCC.
- La actora no logró probar suficientemente los hechos, ya que no aportó testigos presenciales ni otros elementos que respalden su relato.
- La sola constancia de uso de la tarjeta SUBE y la atención médica posterior no son pruebas suficientes para acreditar que la lesión se produjo en el contexto del transporte.
- Tampoco corresponde aplicar el principio in dubio pro consumidor, ya que no hay duda sobre la falta de acreditación de los hechos por parte de la actora.

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