Cencosud SA (TF 29.535-A) c/ DGA
Cencosud S.A. reclamó la devolución de aranceles aduaneros indebidamente abonados en dólares, y el tribunal confirmó la sentencia que ordenó al Estado Nacional restituir la suma en pesos, ajustada al tipo de cambio correspondiente.
¿Quién es el actor?
Cencosud S.A.
¿A quién se demanda?
Dirección General de Aduanas
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Devolución de arancel externo común adicional transitorio
¿Qué se resolvió?
SE RECHAZA
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la decisión del Tribunal Fiscal, que consideró razonable que la Aduana devolviera el monto indebidamente percibido en la misma moneda en que fue pagado. Se argumentó que el artículo 20 de la ley 23.905 establece que los tributos deben ser determinados en dólares, pero el pago puede hacerse en pesos, por lo que la restitución debe realizarse en la misma moneda.
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