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PALAZZANI, MIGUEL ANGEL c/ PROVINCIA DE MENDOZA Y OTRO s/ amparo ambiental

Se reclamó el cese de actividades que afectan el caudal del Río Atuel Inferior y la adopción de medidas para garantizar el uso equitativo del agua. El tribunal resolvió que la controversia tiene competencia federal por tratarse de un recurso ambiental interjurisdiccional.

Dano ambiental Rio atuel Derecho al agua Interjurisdiccionalidad Ley general del ambiente Amparo Recursos hidricos Competencia federal Tutela colectiva Ecologia.


¿Quién es el actor?

Miguel Ángel Palazzani

¿A quién se demanda?

Provincia de Mendoza

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daño ambiental colectivo relacionado con el caudal del Río Atuel Inferior

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal destacó que la acción de amparo es procedente en cuestiones ambientales interjurisdiccionales, y que el actor busca proteger el derecho al agua de los habitantes de La Pampa. Se citó la Ley General del Ambiente y la necesidad de garantizar un caudal mínimo ecológico, dado que el uso del agua en Mendoza ha generado un daño significativo al ecosistema del río.

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