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Fisco Nacional (A.F.I.P.) c/ Catamarca, Provincia de y otro (Banco de Catamarca y/o Ente residual) s/ cobro de pesos

El Fisco Nacional (A.F.I.P.) demandó a la Provincia de Catamarca y al Banco de Catamarca por el cobro de intereses moratorios por la transferencia tardía de fondos. El tribunal resolvió sobre la validez de la deuda y las condiciones del convenio de recaudación.

Cobro Intereses moratorios Convenio Mora Buena fe A.f.i.p. Banco de catamarca Deuda Contrato Jurisdiccion.


¿Quién es el actor?

Fisco Nacional (A.F.I.P.)

¿A quién se demanda?

Provincia de Catamarca y Banco de Catamarca

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de intereses moratorios por transferencia tardía de fondos

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que el Banco de Catamarca no incurrió en mora automática debido a la falta de intimación formal por parte de la A.F.I.P. y que los convenios firmados establecían plazos y condiciones específicas que no fueron cumplidos. Además, se argumentó que las cláusulas de intereses eran desproporcionadas y contrarias a la buena fe contractual.

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