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Boldt S. A. y Ciccone Calcográfica S. A. s/ notificación art. 8 ley 21.156 -causa 62.028-

El Estado Nacional interpuso un recurso de hecho en la causa Boldt S.A. y Ciccone Calcográfica S.A. El tribunal decidió desestimar la queja por inadmisibilidad del recurso extraordinario.

Recurso de hecho Inadmisibilidad Codigo procesal civil Deposito Queja


¿Quién es el actor?

Estado Nacional
- Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

¿A quién se demanda?

Boldt S.A. y Ciccone Calcográfica S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Procedencia del recurso extraordinario

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que el recurso extraordinario era inadmisible conforme al artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Por lo tanto, se desestima la queja y se intimó al apelante a realizar el depósito correspondiente según el artículo 286 del mismo código.

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