Benito Roggio e Hijos SA y otro c/ E. N. Agua y Energía Eléctrica S. E. s/ contrato obra pública
Se reclamó el reconocimiento de gastos improductivos derivados de un contrato de obra pública entre Benito Roggio e Hijos S.A. y el Estado Nacional. El tribunal confirmó la decisión de la Cámara que hizo lugar a la demanda, reconociendo dichos gastos.
¿Quién es el actor?
Benito Roggio e Hijos S.A. y Tecsa S.A.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento de gastos improductivos en un contrato de obra pública.
¿Qué se resolvió?
SE HACE LUGAR.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara Nacional de Apelaciones consideró que no se excluye el reconocimiento de gastos improductivos por la rescisión del contrato, ya que la ley 23.696 no lo prohíbe. Además, se argumentó que la renuncia a dichos gastos no se puede inferir si las partes no llegaron a un acuerdo en la renegociación del contrato.
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