E., J.E. s/ adopción -causa nº 12.389-.
El Defensor Oficial de J. E. E. interpuso un recurso de hecho en el marco de un proceso de adopción. El tribunal declaró admisible el recurso y dejó sin efecto la decisión apelada, ordenando un nuevo fallo.
¿Quién es el actor?
Defensor Oficial de J. E. E.
¿A quién se demanda?
No se menciona un demandado específico.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Procedencia del recurso de hecho en un proceso de adopción.
¿Qué se resolvió?
SE HACE LUGAR
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte considera que los agravios presentados han sido adecuadamente tratados en el dictamen de la Procuradora Fiscal, cuyos fundamentos son compartidos. Por ello, se declara formalmente admisible el recurso extraordinario y se ordena al tribunal de origen dictar un nuevo fallo conforme a lo expresado.
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