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Provincia de Mendoza c/ Alianza Pet S.A. y otros

Se planteó la cuestión de la competencia originaria de la Corte Suprema en un caso de cobro de sumas de dinero. El tribunal decidió que la causa es ajena a su competencia, aunque hubo disidencias sobre la admisión de la radicación.

Competencia originaria Corte suprema Cobro de sumas Regalias Disidencia Constitucion nacional Jurisdiccion Procuradora fiscal Actuacion judicial.


¿Quién es el actor?

Mendoza, Provincia de

¿A quién se demanda?

Alianza Petrolera Argentina S.A. y otros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de sumas de dinero (regalías)

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal resolvió que la causa no corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema, remitiéndose a argumentos previos en la causa M.607.XLIV. Sin embargo, los disidentes argumentaron que la radicación debía admitirse conforme al artículo 117 de la Constitución Nacional, sugiriendo que el caso sí era de su competencia.

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