Escudero, Demetrio Osman y otro c/ Mihelic de Garibian, María y otros
Se reclamó la continuidad de un recurso extraordinario que no fue activado en el plazo establecido. El tribunal decidió declarar la caducidad de la instancia por inacción de la parte.
¿Quién es el actor?
Parte recurrente
¿A quién se demanda?
Tribunal
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Caducidad de la instancia extraordinaria
¿Qué se resolvió?
SE DECLARA LA CADUCIDAD
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal fundamentó su decisión en el incumplimiento del plazo previsto por el artículo 310, inciso 2º, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, señalando que "ha transcurrido un lapso superior al previsto" sin que la parte haya activado el trámite correspondiente, lo que justifica la caducidad.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: