Menéndez, Luciano Benjamín
Se desestimó un recurso extraordinario presentado en el marco de una causa civil. El tribunal fundamentó su decisión en la inadmisibilidad del recurso según el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
¿Quién es el actor?
No se menciona.
¿A quién se demanda?
No se menciona.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso extraordinario.
¿Qué se resolvió?
SE RECHAZA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal se remite a lo resuelto en una causa anterior, indicando que el recurso extraordinario es inadmisible conforme al artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. La ministra Argibay también sostiene que el recurso es improcedente, reafirmando la decisión de desestimarlo.
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