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Ochoa, José María y otros

Se planteó un conflicto de competencia entre el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº47 y el Juzgado de Garantías Nº5 de Lomas de Zamora en relación a una causa por defraudación a la administración pública. La Corte decidió que corresponde al juzgado nacional continuar con el trámite de

Conflicto de competencia Defraudacion Administracion publica Principio territorial Jurisdiccion Justicia nacional Patrimonio estatal Irregularidades Control administrativo.


¿Quién es el actor?

Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº47

¿A quién se demanda?

Juzgado de Garantías Nº5 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Conflicto de competencia en una causa por defraudación a la administración pública

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte reafirmó que, aunque el hecho afectó al patrimonio provincial, la administración de los fondos se realiza en la ciudad donde se encuentra la Unidad Ejecutora. Se sostuvo que el principio territorial debe prevalecer mientras no cambien las circunstancias que justifican la competencia.

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