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Cagnetta, Damián s/ inf. ley 23.737

Se planteó una contienda negativa de competencia entre el Juzgado de Garantías n° 3 de Quilmes y el Juzgado Federal n° 3 de La Plata en un caso de infracción a la ley 23.737. El tribunal decidió que corresponde a la justicia local conocer en la causa.

Contienda de competencia Ley 23.737 Justicia local Conexidad subjetiva Competencia territorial Infraccion Derecho penal Jurisdiccion Ley 26.052.


¿Quién es el actor?

Damián Cagnetta

¿A quién se demanda?

Juzgado Federal n° 3 de La Plata

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Infracción a la ley 23.737

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La contienda se originó por la declaración de incompetencia del juez local, quien argumentó que existía conexidad subjetiva según la ley 26.052. Sin embargo, el tribunal determinó que no se cumplían las condiciones para aplicar dicha norma, reafirmando que la competencia territorial es improrrogable y debe basarse en el lugar de comisión del delito.

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