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Esso S.A.P.A.(TF 8997-A) c/ DGA

Esso S.A.P.A. reclamó la nulidad de cargos aduaneros por la importación de buques, y el tribunal confirmó la obligación de abonar los derechos aduaneros, aunque ordenó la reliquidación de los mismos.

Cargos aduaneros Nulidad Importacion Beneficios tributarios Decreto 52/70 Obligaciones Intereses Derecho administrativo Estado Defensa en juicio.


¿Quién es el actor?

Esso S.A.P.A.

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (DGA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad de cargos aduaneros por importación de buques

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR PARCIALMENTE

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que el beneficio tributario otorgado por el decreto 52/70 no genera un vínculo contractual entre el importador y el Estado, ya que "los tributos no pueden ser objeto de estipulación". Además, se determinó que el incumplimiento de las obligaciones impuestas como condición para el beneficio justifica el cobro de los tributos, aunque se ordenó la reliquidación de los intereses por no respetar el principio de congruencia.

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