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RAMIREZ, JUAN CARLOS c/ JIMENEZ, ORLANDO MARTIN Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia en lo referido al cómputo de intereses y diferimiento de la cuestión sobre el límite de cobertura.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Intereses Danos y perjuicios Gastos medicos Privacion de uso Dano psiquico Reparacion de vehiculo Desvalorizacion

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Juan Carlos Ramírez Demandado: Orlando Martín Jiménez Objeto de la demanda: Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito Decisión del tribunal: Se hizo lugar parcialmente a la demanda, confirmando los rubros indemnizatorios fijados por primera instancia, con la modificación del cómputo de intereses respecto del rubro "reparación del vehículo" y el diferimiento de la cuestión sobre el límite de cobertura para la etapa de liquidación. Fundamentos principales:
- En relación a la incapacidad sobreviniente, se consideró que el porcentaje de incapacidad fijado por el perito médico constituye un parámetro de referencia, pero que el juez debe ponderar también las consecuencias que el hecho dañoso tuvo sobre la víctima en sus diversas facetas personales y sociales.
- Respecto al daño psíquico, se confirmó el rechazo al tratarse de síntomas aislados que no configuran un cuadro psicopatológico incapacitante.
- En cuanto a los gastos médicos y farmacéuticos, se consideró que ante la falta de prueba acabada, procede una estimación prudente en función de la entidad de las lesiones.
- Sobre el daño moral, se tuvo en cuenta la afectación a la integridad personal y la necesidad de lograr una reparación justa y razonable.
- Respecto a la reparación del vehículo, se confirmó el monto fijado en base al dictamen pericial.
- En relación a la privación de uso, se consideró procedente una compensación prudencial por la indisponibilidad del rodado.
- En cuanto a la desvalorización del vehículo, se confirmó el rechazo al no acreditarse fehacientemente ese perjuicio.
- En materia de intereses, se modificó el cómputo respecto del rubro "reparación del vehículo", aplicando una tasa menor hasta la fecha del dictamen pericial.

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