V. , L. E. s/ inscrip. de nacim. - guarda.
Se determinó la competencia del Tribunal Colegiado de Instancia Única del Fuero de Familia n° 2 de Morón para conocer en el caso de inscripción de nacimiento y guarda. Se ordenó la remisión de las actuaciones desde el Tribunal de Menores n° 1 de San Martín.
¿Quién es el actor?
No especificado
¿A quién se demanda?
No especificado
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Inscripción de nacimiento y guarda
¿Qué se resolvió?
SE DECLARA LA COMPETENCIA
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal, tras el dictamen de la Procuradora Fiscal, resolvió que el Tribunal Colegiado de Instancia Única del Fuero de Familia n° 2 de Morón es el competente para conocer en las actuaciones. Se ordenó la remisión de las mismas desde el Tribunal de Menores n° 1 de San Martín, asegurando así la correcta administración de justicia en el ámbito familiar.
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