.................... S/ RECURSO DE CASACION
Diego Fabricio Rodríguez fue condenado como partícipe necesario en homicidio agravado por uso de arma de fuego cometido contra Pablo Matías Tevez el 2 de mayo de 2020 en José C. Paz. El Tribunal de Casación rechazó el recurso defensivo al confirmar que la participación del condenado quedó acreditada por testimonios coincidentes y creíbles que describieron su aporte esencial en la comisión del delito.
Quién demanda: La acción penal pública (Ministerio Público Fiscal)
¿A quién se demanda?
Diego Fabricio Rodríguez Alegre
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Condena por ser partícipe necesario del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego cometido contra Pablo Matías Guillermo Tevez el 2 de mayo de 2020, alrededor de las 23:00 horas, en la localidad y partido de José C. Paz.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal de Casación rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa y confirmó la condena a diez (10) años y ocho (8) meses de prisión, con accesorias legales y costas, dictada por el Tribunal en lo Criminal n° 3 del Departamento Judicial San Martín el 6 de marzo de 2025.
Fundamentos principales de la decisión:
El tribunal de origen consideró acreditada la participación de Rodríguez en base a prueba directa. La Sala de Casación sostuvo: "Los testimonios coincidentes de Guillermo Fabián Tevez y Germán Nicolás Tevez -hermanos de la víctima
- que reconocieron al imputado en la escena del delito y describieron su aporte al autor material Ramón Sena, junto a cinco testigos que corroboraron sus relatos, así lo justifican."
Específicamente, el tribunal de origen constató que "El aquí imputado Diego Fabricio Rodríguez, en el hecho relatado precedentemente, colaboró de manera tal que el mismo no habría podido consumarse, pues en un primer momento arribó al lugar en su motocicleta junto a Sena y luego de la discusión llevó a Sena en su motocicleta hasta el domicilio de este último a fin de buscar el arma de fuego, con la que Sena amenazó volver y disparar contra los que allí se encontraban."
El tribunal rechazó la versión defensiva por falta de credibilidad y respaldo probatorio, considerando que: "del relevo de los testigos de cargo y en particular del testimonio casi secuencial de Germán Tevez permite confirmar (...) la participación necesaria de Diego Rodríguez en el homicidio descartando que fue un mero espectador del conflicto previo (...) su relato se desvanece frente a la prueba de cargo oída en el debate."
Respecto a los cuestionamientos sobre la nocturnidad y falta de visibilidad, la sentencia de origen consideró que: "los testimonios de cargo y en particular el de Germán Tevez describió en detalle los pormenores del hecho y del aporte esencial de Rodríguez, que consistió en llevar al agresor al lugar del hecho, con un arma de fuego y luego de efectuar los disparos aseguró su huida a bordo de su moto."
La Sala de Casación concluyó que: "La operación que determinó la convicción del tribunal respecto de la participación primaria de Rodríguez se apoyó rigurosamente en la lógica, la observación y la experiencia siguiendo un razonamiento inobjetable, sin que las críticas formuladas por el impugnante logren desvirtuarla." Asimismo, sostuvo que no hubo "infracción a ninguna regla de la sana crítica, ni al principio in dubio pro reo" por cuanto "la duda, en tanto repercusión de la garantía de inocencia como posición del juez respecto de la verdad -frustrada-, no sólo no surge de los fundamentos que el tribunal expuso sino tampoco de los argumentos utilizados en el recurso."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: