Legajo Nº 1 - VICTIMA: AG Y OTRO IMPUTADO: FAVALE, GASTON RUBEN s/LEGAJO DE CASACION
La Defensa Pública interpuso recurso de casación contra la negativa del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.º6 a conceder salidas transitorias a Gastón Rubén Favale. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso por carecer de la fundamentación exigida, y dejó planteada la reserva del caso federal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Defensa Pública Oficial de Gastón Rubén Favale (recurrente).
Demandado: Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.º6 (decisión impugnada que negó las salidas transitorias).
Objeto: Casación contra la resolución del 4/3/2026 que "NO HACER LUGAR al pedido de salidas transitorias" por aplicación de los arts. 16 y 56 bis de la ley 24.660, según reforma por ley 27.375; se solicitó declarar la inconstitucionalidad del art. 56 bis, nulidad del decisorio y concesión de las salidas transitorias. Se hizo reserva del caso federal.
Decisión: Se declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la Defensa Pública Oficial de Gastón Rubén Favale, sin costas, y se tuvo presente la reserva del caso federal; se ordenó remitir la causa al tribunal de origen (resolución mayoritaria).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) "La impugnación analizada no supera este estándar, pues se ha limitado a invocar defectos de fundamentación en la resolución impugnada, a partir de una discrepancia con la apreciación de las circunstancias concretas del caso que el a quo consideró relevantes para adoptar la decisión impugnada."
2) "En ese sentido, el pronunciamiento se encuentra suficientemente sustentado y los agravios sólo evidencian una opinión diversa sobre la cuestión debatida y resuelta (C.S.J.N. Fallos: 302:284; 304:415)."
3) "Llevo dicho al respecto que la discordancia sobre la interpretación que ha de dársele a las normas que se consideran aplicables al caso resulta insuficiente si el recurrente no desarrolla fundadamente el error o la violación de la ley sustantiva o procedimental en los términos del art. 456 C.P.P.N., suministrando al Tribunal de Casación argumentos referidos directa y concretamente a los conceptos esenciales que estructuran la construcción jurídica en que se asienta el pronunciamiento."
4) Sobre aplicación de la ley 27.375: "la ley 27.375 ... fue publicada en el Boletín Oficial el 28 de julio de 2017 y que el delito por el que Favale fue condenado ... tuvo lugar desde el mes de abril del año 2016 hasta el 8 de junio de 2018. Desde tal perspectiva, se deduce que en el presente corresponde la aplicación de la normativa según las modificaciones introducidas por la ley 27.375 en tanto la conducta reprochada fue realizada y consumada, al menos parcialmente, bajo su vigencia."
- Votos en disidencia o concurrentes relevantes:
El señor juez Gustavo M. Hornos votó en sentido contrario en cuanto a la admisibilidad, considerando que "el control judicial amplio y eficiente resulta ineludible" y que "corresponde que este Tribunal ingrese al fondo del asunto" y fijar audiencia para informes; su voto fue disidencia respecto de la solución mayoritaria que declaró inadmisible el recurso.
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