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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: MARINO DE LARRINAGA, MONICA NOEMI s/INFRACCION DECRETO LEY 6.582/58

Mónica Noemí Marino de Larrinaga fue condenada por falsedad ideológica en trámites registrables. La Cámara confirmó la condena a un año de prisión, dejando en suspenso su cumplimiento y estableciendo reglas de conducta.

Falsedad ideologica Tramites registrables Escribano publico Delito Prision Cumplimiento suspendido Reglas de conducta Ministerio publico fiscal Codigo penal Registro de la propiedad automotor

Actor: Ministerio Público Fiscal Demandado: Mónica Noemí Marino de Larrinaga Objeto: Falsedad ideológica en trámites registrables Decisión: Condena a un año de prisión, con cumplimiento suspendido

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Se ha probado la responsabilidad Penal de Mónica Noemí Marino en el hecho ilícito, al haberse constatado fehacientemente su intervención como fedataria de la autenticidad y titularidad de la firma inserta en el formulario 08 que posteriormente se revelara como falsa." "La figura en cuestión establece una sanción penal para la persona que insertare o hiciere incorporar en las solicitudes tipo o comunicaciones presentadas ante el Organismo de Aplicación o los Registros Seccionales declaraciones falsas." "La acción típica comprende las conductas de insertar y hacer insertar, resultando evidente en el presente que la escribana Marino llevó a cabo la primera de ellas."

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