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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ FERREYRA MIGUEL ANGEL S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió demanda por apremio provincial contra Miguel Ángel Ferreyra por la suma de $532.975,00. El Tribunal hizo lugar al apremio y mandó a llevar adelante la ejecución, condenando al demandado al pago del capital reclamado más intereses conforme a la ley 13.406.

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Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires

¿A quién se demanda?

Miguel Ángel Ferreyra

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de la suma de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO CON 0/100 ($532.975,00) con más intereses, costos y costas, por vía de apremio provincial en base a título ejecutivo en formato digital.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hizo lugar a la demanda de apremio y mandó a llevar adelante la ejecución contra el demandado. Fundamentos principales: "Que habiendo sido intimada al pago en el domicilio FISCAL: CALLE ESPAÑA
- NRO. 6326
- LOC. CLAYPOLE conforme surge del mandamiento obrante en autos, la parte ejecutada no opuso excepciones legítimas dentro del término legal, el cual se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto. En virtud de lo antedicho, se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer y que la misma ha dejado de usar (Arts. 116 y 155 del CPCC y Art. 25 de la ley 13.406)." El Tribunal fundamentó la decisión en que el demandado fue debidamente intimado al pago en el domicilio fiscal establecido y no opuso excepciones legítimas dentro del plazo legal, por lo que se le dio por perdido el derecho a ejercer defensas. De conformidad con lo pedido y lo dispuesto por los Arts. 1, 7, 10, 11 de la ley 13.406, se procedió al fallo condenando al pago del capital de $532.975,00 con los intereses establecidos conforme al Art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Las costas fueron impuestas al demandado por su carácter de vencido, conforme a los Arts. 68 y 556 del CPCC y Art. 25 de la ley 13.406, difiriéndose la regulación de honorarios para momento procesal oportuno.

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